Reclamación judicial por no pagar el seguro: todo lo que debes saber

Reclamación judicial por no pagar el seguro

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¿Qué ocurre si dejas de pagar el seguro de tu coche, de tu hogar o de tu vida? ¿Puede la compañía aseguradora reclamarte judicialmente el importe de las primas adeudadas? ¿Qué consecuencias legales puede tener el impago del seguro? Estas son algunas de las preguntas que pueden surgir cuando se produce una situación de morosidad con una entidad aseguradora. En este artículo, vamos a explicarte todo lo que debes saber sobre la reclamación judicial por no pagar el seguro, los derechos y obligaciones de las partes, los plazos y procedimientos aplicables, y las posibles soluciones alternativas al conflicto.

¿Qué es la reclamación judicial por no pagar el seguro?

La reclamación judicial por no pagar el seguro es el proceso legal que se inicia cuando el asegurado incumple con el pago de las primas del seguro que ha contratado con una compañía aseguradora. La prima es la cantidad de dinero que el asegurado debe abonar periódicamente a la aseguradora a cambio de la cobertura de los riesgos pactados en la póliza. El pago de la prima es una obligación esencial del asegurado, y su incumplimiento puede dar lugar a la suspensión o extinción del contrato de seguro, así como a la reclamación judicial por parte de la aseguradora.

La reclamación judicial por no pagar el seguro se basa en el derecho de crédito que tiene la aseguradora frente al asegurado por el importe de las primas vencidas y no satisfechas. La aseguradora puede exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza, que tiene valor de título ejecutivo. Esto significa que la aseguradora puede solicitar al juez que ordene el embargo de los bienes del asegurado para hacer efectivo el cobro de la deuda.

¿Qué se debe considerar antes de reclamar o de ser reclamado judicialmente por no pagar el seguro?

Antes de iniciar o de enfrentarse a una reclamación judicial por no pagar el seguro, es conveniente tener en cuenta una serie de aspectos que pueden influir en el desarrollo y el resultado del proceso. Estos aspectos son los siguientes:

  • La existencia y la validez del contrato de seguro. Para que haya lugar a la reclamación judicial por no pagar el seguro, es necesario que exista un contrato de seguro válido y vigente entre las partes. El contrato de seguro se perfecciona por el consentimiento de las partes, y se prueba mediante la póliza o el documento provisional de cobertura. El contrato de seguro debe cumplir con los requisitos legales establecidos en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y en el Código de Comercio. Si el contrato de seguro es nulo o ha sido resuelto por alguna causa, no hay obligación de pagar la prima ni de reclamarla judicialmente.
  • La cuantía y la antigüedad de la deuda. La reclamación judicial por no pagar el seguro debe referirse a una deuda cierta, vencida y exigible. Es decir, debe estar determinado el importe de la prima que se debe, el plazo en el que se debió pagar y la obligación de pagarla según el contrato. Además, la deuda debe tener una antigüedad máxima de 5 años desde el vencimiento de la obligación si el deudor es una persona física, y de 10 años si es una persona jurídica o un ente sin personalidad. Estos plazos se establecen en el artículo 1964 del Código Civil, que regula la prescripción de las acciones personales. Si la deuda es superior a estos plazos, la aseguradora no podrá reclamarla judicialmente, salvo que el deudor haya reconocido expresamente la deuda o haya realizado algún acto que interrumpa la prescripción.
  • La vía y el procedimiento judicial adecuados. La reclamación judicial por no pagar el seguro puede realizarse por distintas vías y procedimientos judiciales, según la cuantía y la naturaleza de la deuda. La vía más habitual es la civil, que se divide en dos órdenes: el orden civil ordinario y el orden civil especial. Dentro del orden civil ordinario, se pueden distinguir dos tipos de procedimientos: el juicio verbal y el juicio ordinario. El juicio verbal se aplica cuando la cuantía de la deuda no supera los 6.000 euros, y el juicio ordinario cuando la supera. Dentro del orden civil especial, se puede optar por el procedimiento monitorio, que es el más rápido y sencillo para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, siempre que se acredite la existencia de la deuda mediante documentos (como la póliza, los recibos, las facturas, etc.). El procedimiento monitorio no tiene límite de cuantía, y se inicia mediante una petición inicial ante el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor. Si el deudor no paga ni se opone en el plazo de 20 días, se dicta un decreto dando por terminado el proceso y se procede a la ejecución de la deuda. Si el deudor se opone, se continúa el proceso por los trámites del juicio verbal u ordinario, según la cuantía.
  • La posibilidad de llegar a un acuerdo extrajudicial. Antes de iniciar o de responder a una reclamación judicial por no pagar el seguro, es recomendable explorar la posibilidad de llegar a un acuerdo extrajudicial con la otra parte, que evite los costes y los inconvenientes de un proceso judicial. El acuerdo extrajudicial puede consistir en el pago total o parcial de la deuda, el aplazamiento o el fraccionamiento del pago, la novación o la compensación de la deuda, o cualquier otra solución que satisfaga a las partes. El acuerdo extrajudicial debe formalizarse por escrito y firmarse por las partes, para que tenga validez y eficacia jurídica. Si no se logra un acuerdo extrajudicial, se puede recurrir a otras vías alternativas de resolución de conflictos, como la mediación, el arbitraje o la conciliación.

¿Qué consecuencias tiene reclamar o ser reclamado judicialmente por no pagar el seguro?

La reclamación judicial por no pagar el seguro tiene una serie de consecuencias para las partes, tanto de carácter jurídico como económico. Estas consecuencias son las siguientes:

  • Para el asegurado (deudor):
    • La suspensión o la extinción de la cobertura del seguro. Según el artículo 15 de la Ley de Contrato de Seguro, si el asegurado no paga la primera prima o la prima única, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago en vía ejecutiva. Si el asegurado no paga una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima, se entiende que el contrato queda extinguido. En todo caso, el asegurador, cuando el contrato esté en suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso.
    • La responsabilidad por el pago de la deuda, los intereses y las costas. Si el asegurado no paga la deuda reclamada judicialmente, se expone a que el juez dicte una sentencia condenatoria que le obligue a pagar la deuda principal, los intereses legales o pactados, y las costas del proceso. Los intereses legales se calculan según el tipo fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año, que actualmente es del 3%. Las costas del proceso incluyen los honorarios de los abogados, los procuradores, los peritos y otros profesionales que hayan intervenido en el proceso. Si el asegurado no cumple voluntariamente la sentencia, se puede iniciar un procedimiento de ejecución que implique el embargo de sus bienes hasta cubrir la deuda, los intereses y las costas.
    • La afectación de su historial crediticio y su reputación. Si el asegurado no paga la deuda reclamada judicialmente, puede ser incluido en un fichero de morosos, como el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) o el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), que afectan negativamente a su historial crediticio y a su reputación como pagador. Esto puede dificultarle el acceso a otros productos o servicios financieros, como préstamos, hipotecas, tarjetas de crédito, etc. Además, el impago del seguro puede generar una mala imagen ante la aseguradora y otras entidades, que pueden considerarle un cliente de alto riesgo y aplicarle condiciones menos favorables o denegarle la contratación.
  • Para el asegurador (acreedor):
    • La pérdida o la reducción de la cobertura del riesgo. Según el artículo 15 de la Ley de Contrato de Seguro, si el asegurado no paga la primera prima o la prima única, el asegurador queda liberado de su obligación de indemnizar. Si el asegurado no paga una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento, y se reanuda al día siguiente de aquel en que el asegurado pague la prima. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima, se entiende que el contrato queda extinguido, y el asegurador no tiene derecho a percibir las primas posteriores. En todo caso, el asegurador, cuando el contrato esté en suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso.
    • El coste y el riesgo de la reclamación judicial. La reclamación judicial por no pagar el seguro supone un coste y un riesgo para el asegurador, que debe asumir los gastos derivados del proceso, como los honorarios de los abogados, los procuradores, los peritos y otros profesionales que intervengan en el proceso. Además, el asegurador se expone a que el juez dicte una sentencia absolutoria o desestimatoria, que le impida cobrar la deuda o que le obligue a pagar las costas del proceso. Esto puede ocurrir si el asegurado alega y prueba alguna causa de nulidad, resolución, prescripción o extinción del contrato de seguro, o si el asegurador no acredita debidamente la existencia y la cuantía de la deuda.
    • La pérdida o el deterioro de la relación con el cliente. La reclamación judicial por no pagar el seguro puede suponer la pérdida o el deterioro de la relación entre el asegurador y el asegurado, que puede verse afectada por el conflicto y la confrontación. Esto puede provocar la cancelación o la no renovación del contrato de seguro, o la disminución de la confianza y la satisfacción del cliente. Además, el asegurador puede sufrir una mala reputación o una pérdida de prestigio si se percibe que actúa de forma abusiva o desproporcionada con sus clientes morosos.

¿Qué consejos se pueden dar para evitar o resolver la reclamación judicial por no pagar el seguro?

Para evitar o resolver la reclamación judicial por no pagar el seguro, se pueden seguir una serie de consejos prácticos, que pueden facilitar el cumplimiento de las obligaciones y la solución de los problemas. Estos consejos son los siguientes:

  • Para el asegurado (deudor):
    • Pagar las primas del seguro puntualmente, o al menos dentro del plazo de gracia que establezca el contrato o la ley. Así se evita la suspensión o la extinción de la cobertura del seguro, y la reclamación judicial por parte del asegurador.
    • Comunicar al asegurador cualquier dificultad o imprevisto que impida el pago de las primas, y negociar una solución amistosa que permita el pago total o parcial de la deuda, el aplazamiento o el fraccionamiento del pago, la novación o la compensación de la deuda, o cualquier otra medida que evite el conflicto.
    • Revisar el contrato de seguro y los documentos que acrediten el pago de las primas, y comprobar si hay alguna causa que justifique el impago o que extinga la obligación de pagar. Por ejemplo, la nulidad, la resolución, la prescripción o la extinción del contrato de seguro, o la falta de cobertura del riesgo.
    • Contestar a la reclamación judicial del asegurador, y oponerse a la misma si se considera que no se debe la deuda o que hay alguna causa que la invalide. Para ello, se debe presentar un escrito de oposición ante el juzgado competente, en el plazo y la forma establecidos por la ley, y aportar las pruebas que respalden la oposición.
    • Buscar asesoramiento legal especializado, que pueda orientar y defender los intereses del asegurado frente al asegurador. Para ello, se puede recurrir a un abogado, un procurador, un perito o cualquier otro profesional que tenga experiencia y conocimientos en materia de seguros y de reclamaciones judiciales.
  • Para el asegurador (acreedor):
    • Recordar al asegurado el vencimiento y el pago de las primas del seguro, y facilitarle los medios y las formas de pago que sean más cómodos y seguros. Así se evita el impago o el retraso en el pago de las primas, y se mantiene la vigencia y la cobertura del contrato de seguro.
    • Reclamar al asegurado el pago de las primas adeudadas, y ofrecerle una solución amistosa que permita el cobro total o parcial de la deuda, el aplazamiento o el fraccionamiento del pago, la novación o la compensación de la deuda, o cualquier otra medida que evite el conflicto.
    • Acreditar la existencia y la cuantía de la deuda, y justificar la procedencia y la legitimidad de la reclamación judicial. Para ello, se debe presentar una demanda o una petición inicial ante el juzgado competente, en el plazo y la forma establecidos por la ley, y aportar los documentos que prueben la deuda, como la póliza, los recibos, las facturas, etc.
    • Valorar el coste y el riesgo de la reclamación judicial, y compararlos con el beneficio esperado del cobro de la deuda. Para ello, se debe tener en cuenta la cuantía y la antigüedad de la deuda, la solvencia y la buena fe del deudor, la existencia y la validez del contrato de seguro, y la probabilidad de obtener una sentencia favorable.
    • Buscar asesoramiento legal especializado, que pueda orientar y defender los intereses del asegurador frente al asegurado. Para ello, se puede recurrir a un abogado, un procurador, un perito o cualquier otro profesional que tenga experiencia y conocimientos en materia de seguros y de reclamaciones judiciales.

Conclusión

La reclamación judicial por no pagar el seguro es un proceso legal que se inicia cuando el asegurado incumple con el pago de las primas del seguro que ha contratado con una compañía aseguradora. Este proceso tiene una serie de consecuencias para las partes, tanto de carácter jurídico como económico, que pueden afectar a la vigencia y la cobertura del contrato de seguro, al pago de la deuda, los intereses y las costas, y a la relación y la reputación de las partes. Para evitar o resolver la reclamación judicial por no pagar el seguro, se pueden seguir una serie de consejos prácticos, que pueden facilitar el cumplimiento de las obligaciones y la solución de los problemas. En todo caso, se recomienda buscar asesoramiento legal especializado, que pueda orientar y defender los intereses de las partes frente al conflicto.

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