Preaviso despido: qué es, cuándo se aplica y cómo reclamarlo

Preaviso despido

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El preaviso despido es el plazo que tiene el trabajador para comunicar a la empresa su voluntad de extinguir el contrato de trabajo. El preaviso despido tiene como finalidad evitar que la empresa se vea perjudicada por la marcha repentina del trabajador, y también darle tiempo al trabajador para buscar otro empleo.

El preaviso despido no es obligatorio en todos los casos, sino que depende del tipo de contrato, de la causa de extinción y del convenio colectivo aplicable. En este artículo te explicamos qué es el preaviso despido, cuándo se aplica y cómo reclamarlo si no se respeta.

¿Qué es el preaviso despido?

El preaviso despido es el aviso previo que debe dar el trabajador a la empresa cuando quiere extinguir el contrato de trabajo por su propia voluntad. El preaviso despido no implica una indemnización, sino que es una mera formalidad que debe cumplirse para evitar sanciones.

El preaviso despido tiene dos funciones principales:

  • Proteger los intereses de la empresa, que puede organizarse mejor para cubrir la vacante del trabajador que se va.
  • Proteger los derechos del trabajador, que puede buscar otro empleo con más tranquilidad y sin perder sus prestaciones por desempleo.

El preaviso despido debe hacerse por escrito y debe indicar la fecha en la que se hará efectiva la baja voluntaria del trabajador. El preaviso despido debe entregarse al empresario o a su representante legal, y debe quedar constancia de su recepción.

¿Cuándo se aplica el preaviso despido?

El preaviso despido no se aplica en todos los casos de extinción del contrato de trabajo, sino solo cuando el trabajador decide darse de baja voluntariamente. En los casos de despido por parte de la empresa, no hay obligación de preavisar al trabajador, salvo que así lo establezca el convenio colectivo.

El plazo del preaviso despido depende del tipo de contrato y de lo que diga el convenio colectivo. En general, se distinguen dos situaciones:

  • Contratos indefinidos: el plazo del preaviso despido suele ser de 15 días, salvo que el convenio colectivo establezca otro diferente. Si el trabajador no cumple con el preaviso despido, la empresa puede descontarle de la liquidación los días que falten hasta completar el plazo.
  • Contratos temporales: el plazo del preaviso despido suele ser de 3 días, salvo que el convenio colectivo establezca otro diferente. Si el trabajador no cumple con el preaviso despido, la empresa puede descontarle de la liquidación una cantidad equivalente a los días que falten hasta completar el plazo o hasta el fin del contrato, lo que sea menor.

¿Cómo reclamar el preaviso despido?

Si el trabajador cumple con el preaviso despido y la empresa no le paga la liquidación correspondiente o le descuenta una cantidad indebida, puede reclamar judicialmente. Para ello, debe seguir estos pasos:

  • Presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de su provincia, en el plazo de un año desde la fecha de extinción del contrato.
  • Si no hay acuerdo en el acto de conciliación, presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social competente, en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha del acto de conciliación.
  • Si no hay sentencia favorable o si no se cumple lo dictado por el juez, presentar un recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma, en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la sentencia.

El preaviso despido es un derecho y un deber del trabajador que quiere darse de baja voluntariamente de su trabajo. El preaviso despido debe respetarse para evitar sanciones y reclamaciones. Si tienes dudas sobre el preaviso despido, consulta con un abogado especializado en derecho laboral.

Cómo preavisar correctamente en una baja voluntaria:

Si quieres dejar tu trabajo por tu propia voluntad, debes comunicárselo a la empresa con antelación suficiente para que no se vea afectada por tu marcha. Esta antelación se llama preaviso y su plazo depende de lo que diga tu convenio colectivo o tu contrato de trabajo.

Si no hay nada establecido en el convenio o en el contrato, el plazo del preaviso es de 15 días naturales. Si no cumples con el preaviso, la empresa puede sancionarte de diferentes formas, según lo que diga el convenio o el contrato.

La sanción más habitual es el descuento de un día de salario por cada día de preaviso que falte. Pero hay convenios que pueden aumentar este descuento a dos días o más, por lo que es importante que consultes tu convenio antes de darte de baja.

Para consultar tu convenio, puedes pedirlo a la empresa, al sindicato o buscarlo en internet. Si no lo encuentras, puedes acudir a un abogado laboralista o a un asesor.

Además, debes tener en cuenta que si tu trabajo es muy especializado o imprescindible para la empresa, y tu marcha le causa un grave perjuicio, la empresa podría reclamarte una indemnización por los daños y perjuicios que le hayas ocasionado. Esto solo se da en casos muy excepcionales y hay que valorarlo según las circunstancias de cada caso.

Qué preaviso hay que dar en los despidos:

Los despidos pueden ser de dos tipos: disciplinarios u objetivos. Según el tipo de despido, el preaviso que hay que dar al trabajador es diferente.

  • Despidos disciplinarios: son los que se producen por una falta grave y culpable del trabajador, como por ejemplo una indisciplina, una desobediencia, un abandono del puesto de trabajo, etc. En estos casos, la empresa no tiene que preavisar al trabajador y puede despedirlo en el mismo momento en que le entrega la carta de despido. El trabajador no tiene derecho a indemnización, pero sí a cobrar el finiquito con las cantidades que le correspondan por los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas y las pagas extras.
  • Despidos objetivos: son los que se producen por causas justificadas que no dependen del comportamiento del trabajador, como por ejemplo una situación económica negativa de la empresa, una reestructuración organizativa, una fuerza mayor, etc. En estos casos, la empresa tiene que preavisar al trabajador con 15 días de antelación y entregarle la carta de despido con la causa y la fecha de efectos del despido. El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades. Además, durante el periodo de preaviso, el trabajador puede disponer de 6 horas semanales pagadas para buscar otro empleo. Si la empresa no cumple con el preaviso, tendrá que abonar al trabajador el salario correspondiente a los días que falten de preaviso.

Qué preaviso hay que dar en los despidos improcedentes y en los contratos temporales:

Los despidos improcedentes son los que se producen sin causa justificada o sin respetar el procedimiento legal. En estos casos, la empresa puede optar por readmitir al trabajador o indemnizarlo con 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades, para los contratos posteriores al 12 de febrero de 2012, y con 45 días de salario por año trabajado, con un límite de 42 mensualidades, para los contratos anteriores a esa fecha. La empresa no tiene que pagar el preaviso que no haya dado, salvo que así lo diga el convenio colectivo o el contrato de trabajo.

Los contratos temporales son los que se celebran por un tiempo determinado o por una causa específica. Hay diferentes tipos de contratos temporales, como los de obra y servicio, los eventuales, los de sustitución, etc. Según la duración y la modalidad del contrato temporal, el preaviso que hay que dar es diferente.

  • Si el contrato temporal tiene una duración superior a un año, la empresa tiene que avisar al trabajador con 15 días de antelación de la finalización del contrato. Si no lo hace, tendrá que pagarle al trabajador el salario correspondiente a los días de preaviso que falten.
  • Si el contrato temporal tiene una duración inferior a un año, la empresa puede terminar el contrato de un día para otro, sin necesidad de preaviso, salvo que el convenio colectivo o el contrato de trabajo digan lo contrario.
  • Si el contrato temporal no tiene una duración fija, sino que se prorroga hasta que alguna de las partes lo denuncie, el preaviso que hay que dar depende de lo que diga el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Si no hay nada establecido al respecto, se aplica el plazo general de 15 días.

Si el trabajador quiere poner fin al contrato temporal por su cuenta, debe preavisar a la empresa con el plazo que diga el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Si no hay nada establecido al respecto, se aplica el plazo general de 15 días para los contratos indefinidos y de 3 días para los contratos temporales. Si no cumple con el preaviso, la empresa puede descontarle al trabajador del finiquito una cantidad equivalente a los días que falten hasta completar el plazo o hasta el fin del contrato, lo que sea menor.

¿Qué preaviso hay que dar en cada caso?

Durante el periodo de prueba

El periodo de prueba es el tiempo inicial del contrato de trabajo en el que tanto la empresa como el trabajador pueden comprobar si se adaptan al puesto y a las condiciones de trabajo. Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin necesidad de dar ninguna explicación ni preaviso a la otra parte.

Fin de contrato fijo discontinuo

Los contratos fijos discontinuos son los que se realizan para cubrir actividades que se repiten en el tiempo, pero que no son continuas ni regulares. Por ejemplo, los trabajadores de temporada, los profesores interinos, los monitores de campamentos, etc. En estos casos, la empresa no tiene que preavisar al trabajador cuando termina la temporada o la actividad, salvo que el convenio colectivo o el contrato de trabajo digan lo contrario. No obstante, el trabajador suele tener una idea aproximada de cuándo finalizará su contrato, según la naturaleza de la actividad.

Despidos colectivos (ERE)

Los despidos colectivos son los que afectan a un número determinado de trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Por ejemplo, cuando hay una crisis, una reestructuración, una fusión o un cierre de la empresa. En estos casos, la empresa tiene que informar individualmente a cada trabajador afectado por el despido con un preaviso de al menos 15 días. El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Llamamiento de un fijo discontinuo

El llamamiento de un fijo discontinuo es la comunicación que hace la empresa al trabajador para que se reincorpore a su actividad cuando esta se reanuda. El preaviso que hay que dar para el llamamiento depende de lo que diga el convenio colectivo, que puede establecer el orden y la forma de hacerlo. Si el convenio no dice nada al respecto, no hay un preaviso general, pero se recomienda hacerlo con la mayor antelación posible.

La readmisión de un despedido es la opción que tiene la empresa cuando un trabajador impugna su despido y este es declarado improcedente por un juez. La empresa puede elegir entre readmitir al trabajador o indemnizarlo con 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades, para los contratos posteriores al 12 de febrero de 2012, y con 45 días de salario por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades, para los contratos anteriores a esa fecha. Si la empresa opta por readmitir al trabajador, tiene que comunicárselo en el plazo de 10 días desde la sentencia y darle un preaviso de al menos 3 días entre esa comunicación y la fecha de reincorporación.

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

La modificación sustancial de las condiciones de trabajo es el cambio que hace la empresa sobre algún aspecto esencial del contrato de trabajo, como por ejemplo el salario, la jornada, el horario, el lugar de trabajo, etc. La empresa puede hacer esta modificación por causas justificadas y siguiendo un procedimiento legal. La empresa tiene que dar un preaviso de 15 días al trabajador si la modificación es individual y de 7 días si la modificación es colectiva. El preaviso se cuenta desde el fin del periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, a los que también hay que informar del cambio.

Movilidad geográfica

La movilidad geográfica es el traslado del trabajador a otro centro de trabajo distinto al que tenía asignado, cuando este traslado implica un cambio objetivo de residencia. La empresa puede hacer este traslado por causas justificadas y siguiendo un procedimiento legal. La empresa tiene que dar un preaviso de 30 días al trabajador y a los representantes de los trabajadores antes de hacer efectivo el traslado.

Sanciones

Las sanciones son las medidas disciplinarias que puede tomar la empresa ante el incumplimiento del trabajador de sus obligaciones laborales. Las sanciones pueden ser de distinta gravedad, desde una amonestación verbal hasta una suspensión de empleo y sueldo. La empresa no tiene que preavisar al trabajador de la sanción, pero sí tiene que comunicársela por escrito y concretar las fechas de la suspensión si la hay. La empresa no puede acumular las suspensiones ni aplicarlas cuando le convenga, sino que tiene que respetar el plazo de prescripción de las faltas.

Las horas complementarias son las horas que el trabajador a tiempo parcial puede hacer por encima de su jornada ordinaria, siempre que no supere el límite legal del 30% o el que se establezca en el convenio colectivo. La empresa tiene que avisar al trabajador con al menos 3 días de antelación del día y la hora exacta en que tiene que hacer las horas complementarias. El convenio colectivo puede reducir este plazo, pero nunca eliminarlo.

Subrogación

La subrogación es el cambio de empresa que afecta al trabajador cuando se produce una sucesión empresarial, una cesión ilegal o una externalización de servicios. En estos casos, el trabajador mantiene sus derechos y obligaciones con la nueva empresa, que se subroga en la posición de la anterior. La empresa no tiene que preavisar al trabajador de la subrogación, salvo que el convenio colectivo lo exija. No obstante, la empresa tiene que informar al trabajador de la identidad y los datos de la nueva empresa.

El ERTE es el Expediente de Regulación Temporal de Empleo, que es una medida excepcional que puede adoptar la empresa por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por fuerza mayor, para suspender o reducir temporalmente la jornada de los trabajadores. El ERTE se tiene que negociar con los representantes de los trabajadores y comunicar a la Autoridad Laboral. La empresa tiene que notificar su decisión a los trabajadores afectados con un preaviso máximo de 15 días desde que finaliza el periodo de consultas. Si se supera este plazo, el ERTE no tendrá efectos.

La distribución irregular de la jornada es la facultad que tiene la empresa para distribuir el tiempo de trabajo del trabajador a lo largo del año, siempre que se respete el cómputo anual de horas y los descansos mínimos. La empresa tiene que avisar al trabajador con 5 días de antelación del día y la hora exacta en que se va a producir la distribución irregular. El convenio colectivo puede modificar este plazo, pero no eliminarlo.

Solicitudes de excedencias

Las excedencias son las situaciones en las que el trabajador puede suspender su contrato de trabajo por un tiempo determinado, sin perder su puesto de trabajo ni su antigüedad. Hay dos tipos de excedencias: la voluntaria y la forzosa. La excedencia voluntaria es la que el trabajador solicita por cualquier motivo, sin tener derecho a reserva de puesto de trabajo, sino solo a un reingreso preferente. La excedencia forzosa es la que el trabajador solicita por causas legales, como el cuidado de hijos o familiares, el ejercicio de un cargo público, etc., y tiene derecho a reserva de puesto de trabajo.

Para solicitar una excedencia, el trabajador debe preavisar a la empresa con la antelación suficiente para que esta pueda organizarse. El preaviso que hay que dar depende de lo que diga el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Si no hay nada establecido al respecto, se recomienda dar un preaviso de un mes como mínimo, y de 15 días como mínimo. Si el trabajador no cumple con el preaviso, la empresa puede denegarle el derecho a la excedencia.

Para solicitar el reingreso después de una excedencia, el trabajador debe preavisar también a la empresa con la antelación suficiente para que esta pueda reincorporarlo. El preaviso que hay que dar depende también de lo que diga el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Si no hay nada establecido al respecto, se recomienda dar un preaviso de un mes como mínimo. Si el trabajador no cumple con el preaviso, la empresa puede denegarle el derecho al reingreso o retrasarlo hasta que haya una vacante.

Solicitar un permiso

Los permisos son las ausencias del trabajo que el trabajador puede solicitar por motivos personales, familiares o laborales, sin perder su salario ni su puesto de trabajo. Hay diferentes tipos de permisos, como el de matrimonio, el de nacimiento de hijo, el de asistencia a exámenes, el de lactancia, etc. Cada permiso tiene una duración y unas condiciones específicas.

Para solicitar un permiso, el trabajador debe avisar a la empresa con la mayor antelación posible, para que esta pueda organizarse y sustituirlo si es necesario. El preaviso que hay que dar depende de lo que diga el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Si no hay nada establecido al respecto, se recomienda dar un preaviso razonable según el tipo y la duración del permiso. Si el trabajador no cumple con el preaviso, la empresa puede denegarle el derecho al permiso o sancionarlo si se ausenta sin justificación.

En el caso del permiso de lactancia, que es el derecho que tiene el trabajador a ausentarse una hora al día para atender a su hijo menor de nueve meses, el preaviso habitual es de al menos 15 días. El trabajador puede elegir entre disfrutar del permiso diariamente o acumularlo en jornadas completas al inicio o al final de la baja por maternidad o paternidad.

No superación del periodo de prueba

El periodo de prueba es el tiempo inicial del contrato de trabajo en el que tanto la empresa como el trabajador pueden comprobar si se adaptan al puesto y a las condiciones de trabajo. Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin necesidad de dar ninguna explicación ni preaviso a la otra parte. El trabajador debe comunicar a la empresa que no supera el periodo de prueba, y no que se da de baja voluntariamente, para evitar tener que dar el preaviso que corresponda.

El pacto de competencia es el acuerdo por el que el trabajador se compromete a no trabajar para la competencia de la empresa o a no ejercer una actividad profesional que pueda perjudicar a la empresa. El pacto de competencia puede ser durante la vigencia del contrato o después de su extinción. El pacto de competencia debe estar por escrito y debe compensarse económicamente al trabajador. El trabajador puede renunciar al pacto de competencia con un preaviso de 30 días a la empresa.

Las horas complementarias son las horas que el trabajador a tiempo parcial puede hacer por encima de su jornada ordinaria, siempre que no supere el límite legal del 30% o el que se establezca en el convenio colectivo. Las horas complementarias deben pactarse por escrito y deben respetar los descansos mínimos del trabajador. El trabajador puede renunciar a las horas complementarias con un preaviso de 15 días a la empresa, siempre que hayan transcurrido al menos un año desde que se pactaron y que concurra alguna de las causas previstas en la ley, como por ejemplo, incompatibilidad con otro trabajo, cuidado de familiares, formación, etc.

Conclusiones

El preaviso de despido es el plazo que tiene el trabajador para comunicar a la empresa su voluntad de extinguir el contrato de trabajo por su propia cuenta. El preaviso despido no es obligatorio en todos los casos, sino que depende del tipo de contrato, de la causa de extinción y del convenio colectivo aplicable. El preaviso despido tiene como finalidad evitar que la empresa se vea perjudicada por la marcha repentina del trabajador, y también darle tiempo al trabajador para buscar otro empleo. El preaviso despido debe hacerse por escrito y debe indicar la fecha en la que se hará efectiva la baja voluntaria del trabajador. El plazo del preaviso despido suele ser de 15 días para los contratos indefinidos y de 3 días para los contratos temporales, salvo que el convenio colectivo establezca otro diferente. Si el trabajador no cumple con el preaviso despido, la empresa puede descontarle de la liquidación los días que falten hasta completar el plazo. Si la empresa no respeta el preaviso despido y no paga la liquidación correspondiente o descuenta una cantidad indebida, el trabajador puede reclamar judicialmente. El preaviso despido es un derecho y un deber del trabajador que quiere darse de baja voluntariamente de su trabajo. El preaviso despido debe respetarse para evitar sanciones y reclamaciones.

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