La prisión permanente revisable es uno de los temas más controvertidos en el sistema judicial español. Introducida en 2015, esta pena representa la sanción más severa en el ordenamiento jurídico de España. Su implementación ha suscitado debates intensos sobre su justicia, efectividad y moralidad. En este artículo, exploraremos en detalle qué es la prisión permanente revisable, cuándo y cómo se aplica, y responderemos a las preguntas más frecuentes relacionadas con esta medida.
¿Qué es la Prisión Permanente Revisable?
La prisión permanente revisable es una pena privativa de libertad que se aplica a delitos extremadamente graves. A diferencia de la cadena perpetua, la prisión permanente revisable en España permite una revisión periódica de la pena después de un periodo mínimo de cumplimiento, con la posibilidad de que el condenado sea liberado si se considera que puede reinsertarse en la sociedad.
¿Cuántos Años es la Prisión Permanente Revisable?
La prisión permanente revisable no tiene un límite máximo definido de años. La revisión de la pena puede solicitarse después de cumplir entre 25 y 35 años, dependiendo del delito cometido. Este periodo mínimo es crucial para evaluar la posibilidad de reinserción del condenado en la sociedad.
¿Qué Delitos se Castigan con Prisión Permanente Revisable?
Delitos de Especial Gravedad
La prisión permanente revisable está reservada para delitos de especial gravedad. Según el Código Penal español, los delitos que pueden conllevar esta pena son:
- Asesinato de menores de 16 años o personas en estado de especial vulnerabilidad.
- Asesinato tras un delito contra la libertad sexual.
- Asesinatos cometidos por miembros de una organización criminal.
- Asesinatos múltiples (cuando se condena por el asesinato de más de dos personas).
- Asesinato de miembros de la Corona: Rey, Reina, Príncipe o Princesa de Asturias.
- Asesinato de jefes de Estado extranjeros en España con protección por Tratado Internacional.
- Genocidios y crímenes de lesa humanidad.
- Delitos de terrorismo que causen la muerte de una persona.
Estos delitos representan situaciones de extrema gravedad que, según la legislación española, merecen una pena que refleje la severidad de los actos cometidos.
Posible Extensión a Otros Delitos
Tras la ratificación del Tribunal Constitucional, existe la posibilidad de que la prisión permanente revisable se extienda a otros delitos extremadamente graves que actualmente no están contemplados. Un ejemplo mencionado es la violencia doméstica con resultado de muerte.
Condiciones para la Suspensión de la Prisión Permanente Revisable
Revisión de la Pena
Una de las características distintivas de la prisión permanente revisable es la posibilidad de revisión de la pena para decidir si el recluso puede ser liberado. La revisión se lleva a cabo bajo las siguientes condiciones:
- Cumplimiento del tiempo mínimo de condena: Este periodo varía entre 25 y 35 años, dependiendo del delito.
- Acceso al tercer grado penitenciario: Indica un régimen de semilibertad.
- Pronóstico favorable de reinserción social: Evaluado por el tribunal considerando informes periciales sobre la personalidad del penado, sus antecedentes, circunstancias familiares y sociales, y el delito cometido.
- Colaboración con las autoridades: Especialmente en casos de terrorismo, donde se debe demostrar el abandono de actividades delictivas y colaboración para impedir nuevos delitos.
- Cumplimiento de las normas penitenciarias vigentes: Requisitos establecidos por la normativa penitenciaria.
Procedimiento de Revisión
El procedimiento de revisión elimina la condición de perpetuidad de la pena. Incluye un análisis detallado en el que participan el Ministerio Fiscal, el recluso y su abogado. Este análisis se realiza cada dos años después de cumplido el tiempo mínimo de condena, con el fin de evaluar la evolución personal del recluso y su capacidad para reinsertarse en la sociedad.
Revocación de la Libertad
La libertad condicional obtenida tras la revisión puede ser revocada si:
- El condenado comete un nuevo delito durante el periodo de libertad condicional.
- Infringe cualquiera de las normas o condiciones impuestas para la libertad condicional.
¿Cuántas Personas Hay en Prisión Permanente Revisable en España?
La cantidad exacta de personas en prisión permanente revisable puede variar con el tiempo debido a nuevas condenas y revisiones de las penas. A fecha de la última actualización, se estima que hay varias decenas de reclusos cumpliendo esta pena en España. Esta cifra es relativamente baja, lo que refleja la naturaleza excepcional de esta medida punitiva.
¿Cuánto es lo Máximo que se Puede Estar en la Cárcel en España?
Límites Máximos para Otras Penas
Además de la prisión permanente revisable, el Código Penal español establece límites máximos para otras penas privativas de libertad. Los límites son:
- 20 años para delitos ordinarios.
- 25 años cuando el preso esté condenado por dos o más delitos, alguno de los cuales esté penado con hasta 20 años de prisión.
- 30 años cuando el preso esté condenado por dos o más delitos, alguno de los cuales esté penado con más de 20 años de prisión.
- 40 años cuando el preso esté condenado por dos o más delitos, de los cuales al menos dos estén penados con más de 20 años de prisión, o solo uno si se trata de delitos de terrorismo.
Pena Máxima de Cárcel en España
En términos de años, la pena máxima de cárcel en España es de 40 años, que se aplica en casos de condenas acumulativas por delitos especialmente graves, como el terrorismo.
¿Cuál ha sido la Condena Más Larga en España?
Condenas Ejemplares
La condena más larga en España en términos de años acumulados es de más de 4000 años, impuesta a terroristas de la banda ETA. Sin embargo, debido a la legislación que limita el cumplimiento efectivo, estos individuos no cumplen la totalidad de la condena impuesta. En términos de cumplimiento efectivo, la pena más larga suele no superar los 40 años, conforme a los límites establecidos por el Código Penal.
Constitucionalidad de la Prisión Permanente Revisable
Sentencia del Tribunal Constitucional
La introducción de la prisión permanente revisable en 2015 fue objeto de un recurso de inconstitucionalidad, alegando que la pena era inhumana y degradante. El Tribunal Constitucional dictó sentencia rechazando el recurso y estableciendo las condiciones para su aplicación. Afirmó que:
- La durabilidad de la pena no la hace inhumana o degradante.
- La perpetuidad no se aplica debido a las revisiones periódicas.
- Existe normativa europea que prevé medidas para evitar consecuencias nocivas de la prisión prolongada, como el contacto con familiares, acceso a la prensa y disfrute de permisos.
Votos del Tribunal
De los diez miembros del Tribunal Constitucional, tres votaron en contra considerando la pena inconstitucional por:
- Vulnerar el mandato de reinserción social.
- Prohibir castigos equivalentes a la perpetuidad.
- Atentar contra los derechos a la libertad y la legalidad sancionadora.
- Afectar la seguridad jurídica en cuanto a penas indeterminadas.
Siete miembros votaron a favor, fundamentando que la forma de ejecución y las modalidades de la pena garantizan que no sea inhumana ni degradante.
Conclusión
La prisión permanente revisable en España, ratificada por el Tribunal Constitucional, se aplica a delitos extremadamente graves como asesinatos agravados, terrorismo y genocidio. Esta pena permite la posibilidad de reinserción social mediante revisiones periódicas, manteniendo un equilibrio entre la necesidad de castigo severo y la oportunidad de rehabilitación.
Los reclusos condenados a prisión permanente revisable tienen el derecho de acceder a su libertad condicional tras cumplir con los requisitos establecidos. Una vez transcurrido el periodo mínimo de 25 años, se someterán a un procedimiento de revisión que evaluará su capacidad para reintegrarse en la sociedad. Si obtienen la libertad condicional, esta puede ser revocada si cometen nuevos delitos o incumplen las condiciones impuestas.
La prisión permanente revisable refleja el compromiso del sistema penal español con la seguridad pública y la justicia, asegurando al mismo tiempo que los condenados tengan una oportunidad de redención y reintegración en la sociedad.